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¿Qué tipo de empresa tengo?
Bien lo establece la ley 905 de agosto de 2004 que lo que nosotros llamamos “Pequeñas empresas” son aquellas que emplean entre 11 y 50 trabajadores, y además sus activos representan entre 501 y 5000 (SMMV) salarios mínimos mensuales vigentes. Si cumples estas condiciones entonces este artículo es para ti, adicionalmente tenemos una recopilación de los aspectos más importantes de la nueva reforma tributaria, puedes verlo haciendo clic aquí.
Cambios que afrontaré con la nueva reforma
A continuación, te contaremos acerca de algunos impactos que trae la nueva reforma tributaria para las compañías.
Un punto muy importante es que los grandes evasores de impuestos pagarán con cárcel su hazañas, es decir, que los evasores serán privados de su libertad entre un periodo de 4 a 9 años dependiendo la evasión, sin embargo, otras penalizaciones serán otorgadas para temas de retención en la fuente, ipoconsumo e IVA.
Por otro lado, encontramos el aumento del IVA de un 3% sobre la actual que es de un 16%. Es importante conocer que el plazo para ajustar los precios e implementar el IVA en su totalidad es hasta el 1 de febrero de 2017 en donde todos debemos estar listos para implementar y pagar los nuevos impuestos.
De gran interés, pero a largo plazo para las compañías es que en la actualidad las empresas pagan los impuestos de: Cree, renta, sobretasa y riqueza, con la reforma, estos serían reducidos a uno solo en el año 2019. Es decir que las empresas que tienen utilidades mayores a 800 mil millones de pesos pagarían el próximo año una tarifa del 39%, es claro que sin reforma, ésta representa el 42%.
Lo anterior se debe a que según el régimen tributario, el 1% que proviene de las grandes empresas representa el 80% del recaudo de impuestos. Ésta propuesta busca hacer del país un entorno más amigable a la hora de invertir y no que sea un imposible para quienes no son grandes inversionistas.
El Monotributo
Las nuevas ideas aparecen con la creación de la figura del “Monotributo” la cual simplifica el pago de impuestos a los pequeños empresarios los cuales tienen ventas brutas entre 41 y 104 millones de pesos. Este régimen será voluntario y pagarían entre 40 y 80 mil pesos mensuales con abono al ahorro para la vejez y riesgos profesionales. Pero ¡OJO! Este cubre a comerciantes ubicados en locales de menos de 50 metros cuadrados. Ahora, si no deseas pagar este “monotributo” entonces podrás seguir declarando renta como lo ha hecho anteriormente. El objetivo de este mecanismo es la formalización de recaudo.
Si quieres ver un resumen completo de los aspectos más importantes de la Nueva Reforma Tributaria puedes ver la primera parte aquí y la segunda aquí.