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¿Qué es el monotributo y que plazo hay para presentarlo?
El gobierno nacional creó el monotributo como nuevo impuesto para buscar disminuir y combatir la evasión y la informalidad. Uno de los grandes motivos por los cuales surge este impuesto es que mediante la informalidad es muy fácil que exista la evasión fiscal en el país.
¿Quienes deben acogerse al monotributo?
En la primera categoría (Categoría A) están las tiendas o almacenes que tengan ingresos anuales por 41 millones de pesos, el impuesto que deben pagar por monotributo es de $40.000 pesos. Para la segunda categoría (Categoría B), aquellos que tienen ingresos hasta de 62 millones de pesos, deberán pagar por concepto de monotributo la suma de $60.000 pesos. Si los ingresos son de 83 millones de pesos entonces deberá pagar $80.000 pesos que corresponde a la categoría C. Por último, si la persona recibe menos de 40 millones de pesos al año no debe pagar impuestos.
El monotributo es un impuesto opcional, que se causa anualmente, sustituye al impuesto sobre la renta y complementarios, a cargo de los contribuyentes que decidan voluntariamente acogerse a éste.
¿Reúnes las condiciones?
Podrán ser sujetos pasivos del monotributo las personas naturales que reúnan todas las siguientes condiciones:
“1. Que en el año gravable hubiese obtenido ingresos brutos ordinarios o extraordinarios, iguales o superiores a 1.400 UVT e inferiores a 3.500 UVT.
2. Que desarrollen su actividad económica en un establecimiento con un área inferior o igual a 50 metros cuadrados.
3. Que sean elegibles para pertenecer al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos, BEPS, de acuerdo con la verificación que para tal efecto haga el administrador de dicho servicio social complementario.
4. Que tengan como actividad económica una o más de las incluidas en la división 47 comercio al por menor y la actividad 9602 peluquería y otros tratamientos de belleza de la clasificación de actividades económicas – CIIU adoptada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.”1
¿Cuál es el plazo para hacer la inscripción?
Ya hemos dicho que acogerse al monotributo es algo voluntario de las personas naturales que cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. El gobierno nacional expidió el decreto 738 de mayo de 2017 que implica que se debe hacer actualización del RUT y expresaba que hasta mayo 31 de 2017 había plazo para ello. Viendo la necesidad de ampliar el plazo, el gobierno nacional emite el decreto 975 de junio 9 de 2017 donde dio plazo hasta agosto 31 de 2017 para hacer la mencionada actualización, efectuar los pagos a partir de septiembre de 2017 y presentar la declaración antes del 31 de enero de 2018.
Desde ClausERP buscamos facilitar tu vida en materia tributaria, ¿Ya sabes a qué categoría perteneces para declarar el monotributo?
Fuentes consultadas:
http://www.comunidadcontable.com/BancoConocimiento/Otros/que-es-el-monotributo.asp
http://www.noticiasrcn.com/nacional-economia/el-monotributo-y-se-debe-pagar
https://www.youtube.com/watch?v=FxuOOhj1ce4
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