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Tenga en cuenta los cambios que estableció la DIAN para presentar la información exógena
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió una resolución el pasado 22 de marzo en la que se establecen algunos cambios en referencia a quienes están obligados al reporte de la información exógena tributaria por el año gravable 2017, y además modifica los plazos para la presentación.
Según la Dian, el primero de los cambios corresponde al grupo de obligados a reportar información exógena personas naturales y asimiladas, pues acota el conjunto de obligados considerando las rentas cedulares es.
Es así entonces, que para el año gravable 2017 las personas naturales que deberán reportar serán aquellas que, en el año gravable 2015, hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000) y que en el año gravable 2017 la suma de los ingresos brutos obtenidos por rentas de capital y rentas no laborales superen los cien millones de pesos ($100.000.000).
El segundo cambio es una armonización con lo previsto en la Reforma Tributaria de 2016, lo que lleva a un ajuste de las tablas de los conceptos de los formatos 1011, 1004 y 2275.
Estos formatos recogen información de los ingresos no constitutivos de renta, ni de ganancia ocasional, rentas exentas, costos y deducciones, descuentos tributarios, así como las exclusiones, exenciones y tarifas especiales en IVA.
El tercer cambio está en los plazos para suministrar la información, los cuales quedaron así:
GRANDES CONTRIBUYENTES
ÚLTIMO DÍGITO | FECHA |
0 | 24 de abril de 2018 |
9 | 25 de abril de 2018 |
8 | 26 de abril de 2018 |
7 | 27 de abril de 2018 |
6 | 30 de abril de 2018 |
5 | 02 de mayo de 2018 |
4 | 03 de mayo de 2018 |
3 | 04 de mayo de 2018 |
2 | 07 de mayo de 2018 |
1 | 08 de mayo de 2018 |
PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES
ÚLTIMOS DÍGITOS | FECHA |
96 a 00 | 09 de mayo de 2018 |
91 a 95 | 10 de mayo de 2018 |
86 a 90 | 11 de mayo de 2018 |
81 a 85 | 15 de mayo de 2018 |
76 a 80 | 16 de mayo de 2018 |
71 a 75 | 17 de mayo de 2018 |
66 a 70 | 18 de mayo de 2018 |
61 a 65 | 21 de mayo de 2018 |
56 a 60 | 22 de mayo de 2018 |
51 a 55 | 23 de mayo de 2018 |
46 a 50 | 24 de mayo de 2018 |
41 a 45 | 25 de mayo de 2018 |
36 a 40 | 28 de mayo de 2018 |
31 a 35 | 29 de mayo de 2018 |
26 a 30 | 30 de mayo de 2018 |
21 a 25 | 31 de mayo de 2018 |
16 a 20 | 01 de junio de 2018 |
11 a 15 | 5 de junio de 2018 |
06 a 10 | 6 de junio de 2018 |
¿Qué es la información exógena?
Este tipo de información la conforman el conjunto de datos sobre las operaciones con terceros, estos son los clientes y usuarios, que las personas naturales y jurídicas deben presentar a la DIAN periódicamente.
La información exógena es conocida como “presentación de medios magnéticos” debido a que debe ser presentada en formato XML.
Su importancia
Con esta información la División de Impuestos y Aduanas Nacionales hace cruces de estos datos para garantizar que realmente el responsable esté informando. También es importante para identificar información inexacta o con errores, por esto la importancia que en el momento de la presentación sea firmada solo por la persona natural responsable o por el representante legal cuando se trate de personas jurídicas.
¿Quién elabora el este informe?
Todos estos datos deben ser consolidados y elaborados por los contadores y la información debe ser validada por el revisor fiscal.