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La Reforma Tributaria que estableció el Gobierno Nacional a finales de 2016 y que puso en jaque a los colombianos, tiene unos apartes importantes a tener en cuenta a la hora de hacer la declaración, facturar, comprar, vender, etc.
Con este artículo te ponemos sobre la mesa los elementos más importantes a tener en cuenta para comprender el cambio sobre la legislación tributaria nacional, si quieres un resumen más completo puedes ver los aspectos clave de la reforma tributaria parte I y los aspectos clave de la reforma tributaria parte II
Para las personas jurídicas:
- Para este 2018 el impuesto de renta bajará del 34% al 33%.
- Las rentas exentas del impuesto de renta, pero que pagan CREE, continuarán gravadas con una tarifa preferencial del 9% en materia de renta. En este campo encuentran los rendimientos de contratos de leasing celebrados hasta 2012 , rentas provenientes de cultivos de tardío rendimiento hasta 2014, rentas de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado con participación del Estado superior al 90% que ejerzan los monopolios de suerte y azar y licores y alcoholes y la ley del Libro.
- Actualmente algunas actividades económicas se encuentran excluidas de pagar renta, pero con esta reforma deberán comenzar a pagar el 9%. Estas son: servicios de transporte fluvial con embarcaciones y planchones de bajo calado; servicios de ecoturismo; desarrollo de software; rendimientos generados por la reserva de estabilización que constituyen las AFP; recursos provenientes de donaciones en desarrollo del Protocolo de Montreal; rentas de las Zonas Económicas de Exportación; y rentas por el arrendamiento de vivienda urbana por parte de sociedades especializadas.
*Sociedades especializadas:
Aquellas dedicadas al arrendamiento de vivienda de interés social urbana que fueron reglamentadas mediante el decreto1789 de 2004.
- Con esta nueva reforma se establecieron incentivos de renta para las empresas en las zonas afectadas por el conflicto armado y promover así la generación empleo y desarrollo económico. Las MIPYMES no pagarán este impuesto entre el año 2017 y el 2021. Y entre los años 2022 al 2024 el 25% de la tarifa general de Renta. Para las empresas medianas y grandes pagarán solo el 50% de la tarifa general de renta hasta el año 2021.
Personas Naturales
- El 90% de las personas naturales resultará afectada por la implementación de la reforma tributaria.
- Los colombianos que tengan ingresos de $ 2.479.000 al mes no tendrán que presentar declaración de renta ni tampoco efectuar ningún pago.
- El año pasado el total de quienes declararon renta fue de 2 millones 479 mil 147 colombianos. Para este 2018 los declarantes serán 2.685.977 con ingresos mensuales de $ 2.479.417,
- Quienes reciban dividendos pagarán un impuesto de 10% para montos superiores a $29,7 millones al año y un 5% para dividendos entre $17,8 y $29,6 millones.
Cómo funciona el MONOTRIBUTO
El proyecto está orientado a formalizar a cerca de 300 mil tenderos que operan en Colombia.
- En la reforma se establece que solo aplicará para personas naturales.
- El esquema es voluntario y si no acepta el nuevo modelo la persona continuará pagando renta.
- Las personas que escojan el pago del MONOTRIBUTO se benefician con un ahorro a la vejez y cobertura en materia de riesgos laborales.
- Las personas con ingresos entre $ 41.654.220 pagarán 40 mil pesos. Entre $ 62.481.300 y $ 83.308.400 serán 60 mil pesos y entre $ 83.308.400 y 104.135.500 una tarifa de 80 mil pesos.
El IVA
- Estos son los productos que no tienen el IVA del 19% que se estableció desde el 1 de febrero de 2017: carne, pollo, leche, queso fresco, huevos, ganado bovino, pescado, cerdo, cuadernos y libros, animales vivos, medicamentos, educación, abonos, transporte públicos, aguas minerales, fertilizantes, internet fijo para los estratos 1 y 2, computadores de menos de un millón de pesos, tabletas y teléfonos inteligentes de menos de 650 mil pesos y edificaciones de menos de 800 millones deducible de renta.
- Impuesto al consumo de datos en telefonía móvil con una tarifa del 4% que se va a distribuir en un 60% para el deporte y un 40% para cultura.
- La tarifa básica del IVA sube del 16 al 19% en los siguientes artículos: aceites, margarina, pasajes aéreos, papel higiénico, pañales, electrodomésticos, calzado, joyas, aparatos de telefonía celular, repuestos de los carros y vehículos entre otros.
- Con una tarifa del 5% para café tostado y descafeinado, avena, maíz para uso industrial, chocolate de mesa, pastas alimenticias sin cocer, repuestos para vehículos a gas, vehículos eléctricos, pañales, toallas higiénicas entre otros.
- Las toallas higiénicas y las bicicletas de menos de 1.500.000 tendrán un IVA del 5%. Los celulares de menos de $ 650.000 no tendrán IVA para promover la digitalización de la economía del país. También se acordó que en el caso de los planes de datos por encima de 45 mil pesos mensuales de la telefonía celular tendrán un impuesto al consumo del 4%.
IMPUESTO VERDE
- Para apalancar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por Colombia, en el marco de la COP21, y reducir la contaminación, y apoyar el Fondo de Sostenibilidad, la Reforma propone la implementación de varias medidas.
- Impuesto a los combustibles fósiles para el consumo nacional. Este impuesto se gravará a los consumidores por cada galón de combustible que se compre. En el caso de la gasolina, será de 135 pesos por galón; diesel $ 152 y el GLP 95 pesos.
- El impuesto a las bolsas plásticas se tendrá que aplicar en todos los establecimientos. La tarifa será de 20 pesos y terminará en 50 pesos.
CIGARRILLOS
La Reforma tributaria que se aprobó en el Congreso de la República establece un aumento en la cajetilla de cigarrillos de 700 pesos en el 2017 y otros $ 700 en el 2018.
DIAN
- Se establece cárcel para los evasores de impuestos superior a 5 mil millones de pesos con una condena de 4 a 9 años.
- Potenciar el uso de la factura electrónica e impulsar adicionalmente el intercambio de información automática con cientos de países en el mundo.