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¿Qué pasará con los contratos que tienen activos si no puedes sostener a todos los empleados?
¿Deberás hacer despidos por la pandemia?
¿Puedes suspender por un tiempo los contratos laborales para aligerar la carga económica?
¿Cómo manejar la comunicación con tus empleados sobre las decisiones que debas tomar de despidos por la crisis de la covid-19?
¿Te has hecho alguna de estas preguntas? ¡Estamos seguros de que nadie quiere despedir a sus empleados y menos en esta situación! Por eso, te mostraremos algunas estrategias que te permitirán sortear la crisis.
También recopilamos algunas formas jurídicas y legales que te darán herramientas de negociación si las decisiones que debes tomar son fuertes.
Qué encontrarás en este contenido:
- Estrategias para evitar despidos masivos o cancelación de contratos laborales por la pandemia
- Medidas legales que puedes tomar dada la crisis por la pandemia
- Cuándo se pueden cancelar los contratos de los empleados en la crisis
- Lo que debes evitar al negociar la contratación de tus empleados por la crisis

Estrategias para evitar despidos masivos o cancelación de contratos laborales por la pandemia
Definitivamente antes de tomar decisiones drásticas debemos explorar todas las alternativas que tengamos a nuestro alcance.
Estas son algunas de las estrategias que te ayudarán a tener equilibrio financiero y sostener la nómina sin alteración:
- ¡Es la hora del teletrabajo! La crisis por la pandemia es una situación que permite replantear la manera en la que se desempeñan algunos roles en las empresas, es una oportunidad perfecta para transformarnos y habilitar el trabajo remoto en los cargos que tengan esta facilidad.
Además de que se incentiva la eficiencia, se reducen costos operativos por gastos de oficina. - Revisar y optimizar procesos antes que despedir. Es el momento de replantear algunos roles, dividir actividades y compartir responsabilidades, todo con el fin de ayudarle a tu empresa a sostener la productividad sin verte en la obligación de cancelar ningún contrato.
Estos ajustes deberán quedar por escrito y ser de mutuo acuerdo, según lo indica el Código Sustantivo del trabajo. - Vacaciones colectivas, parciales o anticipadas. Se puede tomar la decisión de dar vacaciones colectivas mientras se reorganiza la compañía o pagar los tiempos que se deban.
Si bien, esto supone que la compañía deba asumir financieramente este rubro, es una forma estratégica de equilibrar las finanzas y ayudarle a las personas a descansar por unos días para que estén con su familia entre tanto encuentran la manera de sobrellevar la situación.
Es fundamental saber que de acuerdo con el CST (Código Sustantivo del trabajo) no pueden darse despidos al retorno de las vacaciones y hasta por un periodo de 3 meses.
También puedes determinar adelantar las vacaciones a tus empleados y, en cualquiera de los casos, deberás enviar la notificación con el tiempo reglamentario de 15 días.
Medidas legales que puedes tomar dada la crisis por la pandemia

Además de las acciones que mencionamos anteriormente, hay otras un poco más extremas que se abren paso dada la coyuntura por la pandemia.
Es fundamental resaltar que estas medidas se exponen como herramientas legales a las que las empresas pueden acceder, teniendo en cuenta que el Ministerio de Trabajo en la Circular Externa #22 emitida el 19 de marzo del 2020 ha recomendado evitar suspender contratos o despedir masivamente a sus empleados.
Si te ves en la penosa obligación de tomar alguna de estas medidas esto es lo que debes saber.
- Cambios en el tipo de contrato. Esta es una estrategia que mantendrá a tus empleados con empleo, pero quizá con variaciones en las condiciones contractuales; además, aliviará la carga financiera de tu empresa en la crisis económica del 2020.
Vas a tener que estudiar los cambios que se permiten de acuerdo al Artículo 50 del CST y conversar con tus empleados con honestidad y transparencia.
El mejor argumento es la buena voluntad que tienes de sostener el trabajo de todos tus empleados en esta situación, pero salir a flote requiere que cada uno ponga de su parte.
Los tipos de contrato que se pueden explorar por la contingencia son:- Contrato de prestación de servicios. Quiere decir que el empleado pasa de estar en contratación directa por nómina con un contrato a término definido o indefinido para prestar un servicio que tiene fecha de inicio y de cierre.
Esta modalidad es beneficiosa para tu empresa por el momento de la crisis económica porque no tiene carga de prestaciones sociales que las asume la persona.
Así mismo, no existe una relación que condicione, por lo tanto, tampoco un cumplimiento de horarios, pero sí unas fechas de entrega para las actividades pactadas.
Este tipo de contrato podrá aplicarse a cualquier empleado. - Contrato de pago por honorarios profesionales. Esta modalidad contractual es similar a la de prestación de servicios con la única diferencia que se aplica a profesionales o especializados.
Entonces, si en tu compañía los salarios más altos son los de cargos directivos o gerencias, ellos pueden seguir ejecutando sus labores bajo la modalidad de honorarios.
En este caso tampoco hay un cumplimiento de horarios, los seguimientos serán pactados entre las partes y el manejo de la confidencialidad de la información implica que creen un acuerdo anexo. - Contrato por obra o labor. En las compañías hay muchos roles o actividades que pueden migrar a un contrato que se paga por la actividad específica que se ejecuta.
En modalidad operativa funciona como un contrato a término definido, pero así sabrás a ciencia cierta cuánto dinero tendrás que pagar y en qué momento de acuerdo al requerimiento de las actividades que se realicen en un periodo de tiempo.
- Contrato de prestación de servicios. Quiere decir que el empleado pasa de estar en contratación directa por nómina con un contrato a término definido o indefinido para prestar un servicio que tiene fecha de inicio y de cierre.
- Reducción en los salarios. Esta medida se puede ejecutar cuando las compañías están en serios problemas financieros y se hace insostenible el manejo de los empleados.
Eso sí, se deben soportar contablemente los riesgos económicos y debe existir un acuerdo previo entre la empresa y los empleados.
De acuerdo al artículo 50 del Código Sustantivo de Trabajo solo se podrá disminuir hasta máximo el 25 % del salario. Eso sí, debes prepararte para negociar también una reducción en las horas trabajadas. Esto es un mano a mano. - Suspende los contratos de tus empleados temporalmente. Esta medida es avalada por la contingencia de la covid-19 aludiendo a causa de fuerza mayor o caso fortuito.
La suspensión de los contratos es temporal y las empresas están obligadas a continuar pagando las responsabilidades de parafiscales como:- Aportes a salud
- Aportes a pensión
- Pago de primas
¿Qué es lo que no se paga, entonces, cuando se suspende un contrato?
- El salario
- Pago de ARL
- Aportes a cesantías y sus intereses
- Vacaciones
Cuándo se pueden cancelar los contratos de los empleados en la crisis
La terminación de los contratos es la última de las opciones que se dan en este proceso de contingencia por la crisis de la covid-19, aun así, estás en pleno derecho de tomar esta decisión cumpliendo con la ley de pagar todas las indemnizaciones a las que haya lugar cuando es despido sin justa causa.
Si tu compañía está en quiebra a causa de la pandemia y debes tomar la decisión de liquidar por insolvencia, los empleados entrarán a ser considerados acreedores con preferencia para el pago de sus salarios e indemnizaciones.
Derechos y deberes de las empresas en la crisis por la pandemia
En esta situación especial en la que la economía se pone complicada tienes derechos que puedes reclamar y deberes para cumplir con tus empleados.
Deberes de tu empresa con los empleados en la crisis
- Garantizar todas las medidas de protección y seguridad a las que haya lugar si tus empleados deben seguir asistiendo de manera presencial para cumplir con sus actividades laborales dadas las excepciones presentadas por el Gobierno Nacional.
- Comunicar de manera eficiente, efectiva y oportuna todos los cambios que surjan en las medidas de cuarentena; así como lo relacionado con la seguridad en el trabajo.
- Notificar al Ministerio de Salud si existen alteraciones en tus empleados por la covid-19.
- Pagar a tiempo los aportes de salud, pensión y todos los parafiscales correspondientes.
- Notificar con suficiente tiempo (no menor a 15 días) si las condiciones laborales tendrán cambios.
- Implementar procesos que permitan a las personas tener un adecuado ritmo en el teletrabajo con horas claras que se respeten para el inicio y finalización de la jornada de trabajo, tiempos de descanso y pausas activas.
- Proveer a las personas los elementos que se requieren para la buena ejecución de sus labores en el trabajo remoto como computadores, impresoras (si es que se necesitan), telefonía (en el caso de los equipos comerciales) e Internet.
- Garantizar la protección de la información de tus empleados.
Derechos de tu empresa en la pandemia por covid-19
- Si la economía de tu empresa se ve afectada por la crisis y esto pone en riesgo la estabilidad laboral de tus empleados, podrás aplicar al subsidio de nómina que tiene el Gobierno Nacional.
- Podrás asegurarte de que tus empleados cumplan con las actividades laborales pactadas en su contrato que serán cambiantes de mutuo acuerdo por las decisiones que se deban tomar dada la contingencia para reducir la curva de contagios y proteger la salud de todas las personas.
- Estás en el derecho de monitorear el rendimiento de los equipos que por la crisis están en trabajo remoto, validar su efectividad e implementar medidas que permitan alcanzar los objetivos trazados.
- Estás en el derecho de acogerte a la Ley 1116 de Insolvencia Empresarial.
Derechos y deberes que tienen los empleados si debes negociar sus contratos por la crisis de la covid-19
Conocer los derechos y deberes que tienen tus empleados para esta situación especial hará que las decisiones que tomes sean efectivas.

Derechos de los empleados en la negociación de sus contratos laborales
- Recibir todas las comunicaciones sobre las medidas que adopte la compañía dada la contingencia.
- Solicitar teletrabajo sin afectar su estabilidad laboral si su actividad no está dentro de las excepciones dispuestas por el Gobierno Nacional.
- Podrán rechazar el periodo de vacaciones, por eso es fundamental una buena comunicación y manejo ante la situación.
- Manifestar a la compañía cuando se sientan inseguridades por las medidas tomadas y deberán ser tenidas en cuenta.
- Podrán interrumpir sus labores cuando sientan que se pone en riesgo su vida y su salud.
- Exigir los elementos necesarios para la buena realización de su trabajo en remoto.
Deberes de los empleados en la negociación de su situación laboral por la crisis
- Cumplir con sus actividades en modalidad de teletrabajo y reportar a su jefe inmediato para evaluar el cumplimiento de los objetivos.
- Comunicar oportunamente las ausencias e impedimentos que tenga para la buena ejecución de sus actividades.
- Reportar cambios y/o alteraciones en su salud o en el de su grupo familiar.
- Cumplir con los parámetros y buen uso de los elementos de bioseguridad que determine la compañía se deben usar para garantizar la salud y la seguridad de todas las personas.
- Hacer un buen uso de los elementos que le sean entregados para el cumplimiento de su labor.
Lo que debes evitar al negociar la contratación de tus empleados por la crisis
Ya hablamos de estrategias administrativas, posibilidades legales, derechos y deberes; ahora, te diremos lo que definitivamente debes evitar al negociar las contrataciones con tus empleados.
Evita ser arrogante y estar a la defensiva. De esta crisis salimos juntos, un estado defensivo solo hará que tus empleados sientan molestia y los lleve a encontrar vacíos legales en el proceso. ¡Asegúrate de ponerte en sus zapatos para que entiendan que lo que intentas es salvar el barco con todos los tripulantes a bordo!
Evita mentir. Ninguna empresa exitosa se basa en decir cosas que no son ciertas, honestidad y la transparencia son las principales características de los grandes líderes.
Evita prometer lo que no estás en capacidad de cumplir. Decir que hoy pasa algo, pero que puede cambiar en determinado momento hablar de inciertos. Di lo que debes y ya, párate en la realidad y en el hoy, nadie sabe qué pasará mañana. Es mejor una gran sorpresa que una tremenda decepción.
¡Ahora tienes en tus manos toda la información que se necesita -y que no encuentras en Internet- sobre cómo llevar a cabo en esta época una negociación con tus empleados y evitar despidos por la crisis!