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Registro Único Tributario (RUT)
Recordemos que el RUT es el mecanismo que permite identificar, unificar y clasificar las personas en sus obligaciones controladas por la DIAN. No cuenta con vigencia definida y no requiere renovación, pero sí inscripción y actualización.
¿Está en la obligación de actualizar el RUT?
El RUT solo debe actualizarse cuando se presentan modificaciones o adiciones en datos que contenga este documento, como en los siguientes casos:
Si hay actualización de datos personales como: identificación, ubicación, direcciones, teléfonos.
Actualizaciones comerciales como: actividad económica, responsabilidades.
Este procedimiento de actualización es obligatorio realizarlo dentro del mes en el que sucede el cambio.
Sanciones por no actualizar el RUT
Según lo señalado por la DIAN las personas que no adquieran o actualicen el RUT tendrán las siguientes sanciones:
- Si no lo hace antes del inicio de una actividad el establecimiento, local o sitio comercial será clausurado un (1) día por cada mes o fracción de mes de atraso. En caso de no tener lugar físico se deberá cancelar una multa de una (1) UTV por cada día de retraso.
- Se sancionará si en el establecimiento no se encuentra exhibido el documento al público por parte del responsable, clausurando el lugar durante tres días hábiles.
- Si el RUT no se actualiza al mes siguiente que se genera el cambio, se tendrá que cancelar una multa de un (1) UTV por cada día de retraso en la actualización.
- En caso de registrar información o datos falsos o incompletos se deberá cancelar una multa equivalente a cien (100) UTV.
¿Quién debe inscribirse en el RUT?
Están en la obligación de inscribirse en el RUT:
- Personas o empresas contribuyentes que declaren impuesto sobre la renta.
- Personas y empresas no contribuyentes que declaren ingresos y patrimonio.
- Personas y empresas que requieran NIT que no sean responsables del impuesto de venta, pero por razones especiales están obligados a facturar.
- Personas naturales que cumplen obligaciones a nombre de terceros.
- Agentes retenedores.
- Quienes importan y exportan bienes o servicios.
Las únicas personas exentas de inscribirse al RUT son los extranjeros no residentes, diplomáticos, transportadores no residentes, para esto se pueden identificar con el número de pasaporte o documento de identidad que verifica el procedimiento o actividad realizada.
¿Qué es el NIT?
El NIT se obtiene durante el proceso de inscripción del RUT, la DIAN otorga un código que se convierte en el número de identificación tributaria. Este es asignado solo una vez.
La importancia del RUT
Es importante contar con este documento, RUT, porque:
- Avala e identifica la actividad económica con terceros que sostienen relaciones comerciales, laborales o económicas.
- Indica las obligaciones (aduaneras, tributarias) con el Estado
- Facilita en la DIAN tener información actualizada y real de quienes deben contar con este documento.
Lo que debe recordar del RUT
El RUT tiene vigencia indefinida y no se renueva, solo se actualiza si es necesario
Debes inscribirte en el RUT en el momento que se inicia una actividad económica, cuando se realicen actividades en calidad de importador, exportador o usuario aduanero, y cuando se cumpla con obligaciones de la DIAN.
La inscripción o actualización del RUT se puede hacer por medio de la página de la DIAN www.dian.gov.co
Los únicos datos que no se pueden actualizar por medio de la página web son: el número de identificación o documento, dirección, no podrá eliminar ningún código de la casilla 51 que corresponde a Responsabilidades tributarias, aduaneras y cambiarias, y tampoco el usuario aduanero.